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Procedimiento Extranjeros

Se informa procedimiento para ocasión de requerirse intervención (legalización) por parte de esta Sección Consular en Documentación personal de ciudadanos extranjeros.

1) La solicitud es PERSONAL. De no encontrarse la persona interesada en Egipto, ver punto 3)

2) Se debe remitir un correo electrónico a  consular_eegip@mrecic.gov.ar solicitando la intervención, con los siguientes adjuntos:

- DNI argentino vigente. Ante la ausencia de dicho documento, certificado de residencia precaria, nota de la Dirección Nacional de Migraciones o visado vigente. De faltar cualquiera de esta documentación que acredita residencia en Argentina, aclarar motivo.

- Pasaporte de su nacionalidad y anteriores en caso de tener ingresos o visas argentinas.

- Documentos a legalizar escaneados en un solo archivo PDF, cada uno con nombre que lo identifique, con legalización de la Cancillería local (sea Egipto o Sudán), con nitidez suficiente. Las documentos que no estén en idioma español deberán ser traducidos.

- Formulario (ADJUNTO ABAJO) tipeado y completo en todos los campos que correspondan, con firma de la persona solicitante.

3) Representación: de no poder presentarse la persona interesada, debe adjuntar al correo documento identificatorio de la persona designada para realizar el trámite.

4) Recibida la documentación, se evaluará junto con autoridades argentinas si corresponde la procedencia de la intervención y se responderá oportunamente sobre el particular.

5) Aranceles:

a. Partidas de estado civil: USD 40 a abonarse en libras egipcias al tipo de cambio del día.

b. Antecedentes penales: USD 60 a abonarse en libras egipcias al tipo de cambio del día.

c. Otros: consultar

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Fecha de actualización: 24/04/2024