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Otorgamiento de Poderes

El otorgamiento de un poder es un acto que puede tener múltiples efectos jurídicos en la República Argentina. Por ello, se requiere que la persona que desea realizar un acto semejante, reciba asesoramiento por profesional especializado en la materia.

Para el otorgamiento de un poder, se requiere que la persona sea mayor de edad y cuente con documento vigente.

Se confeccionará el protocolo notarial, que tiene un valor de USD 40 cada 25 renglones; y acto seguido se emitirá el testimonio para la parte interesada, el cual tiene el mismo valor de USD 40 cada 25 renglones. 

Procedimiento

Requisitos:

1) Minuta del poder intervenida por el profesional que la emitió y copia de la misma en formato word.  

2) Copia del DNI (frente y dorso) de cada persona otorgante, el/los cual/es deberá/n ser presentado/s en original el día del turno; constancia de CUIL.

3) Copia del DNI (frente y dorso) de la/s persona/s apoderada/s.

4) El domicilio de la persona otorgante DEBE ser en Egipto o Sudán, caso contrario, se consignará "de paso por aquí" en la minuta.

 

La documentación deberá ser remitida a consular_eegip@mrecic.gov.ar

Una vez evalauda la documentación, se formalizarán el acta y el testimonio, se comunicarán los costos resultantes del trámite y se fijará un turno.

 

 

 

Fecha de actualización: 11/09/2025