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ARANCELES CONSULARES

Se informa que las tasas consulares que se cobran en esta Embajada se ajustan al Decreto Presidencial 266/2000, modificado por decreto 1111/2016,  y por lo tanto coinciden con lo cobrado en el resto de las Embajadas y Oficinas Consulares.

Las tasas se expresan en UC- Unidad Consular. En territorios fuera de la Euro zona, el cobro se calcula a razón de 1 UC= 1USD, que a su vez se convierte en a moneda local para su pago. El tipo de cambio utilizado puede variar en relación al que se anuncia para el día del cobro, pues  no se modifica cada vez que hay una modificación del tipo de cambio.

Para los países cuya moneda corriente es el Euro, el cálculo se hace en Euros, esto es 1UC= 1USD

No se permiten descuentos, fiados, ni promociones. Si usted tiene una urgencia, puede solicitar un trámite urgente, el que según el decreto, tendrá un costo de 40UC por trámite.

Para el caso de legalización o apostilla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto que se tramitan según lo informado ACA, el cobro será en moneda argentina. Si se requiere hacer pago en la Sede Consular, tal como está permitido, se cobrará el equivalente en moneda local calculado primero en pesos. El valor en moneda argentina va modificándose por resolución ministerial. Los precios se actualizan ACA.

Se pone a disposición el decreto 266/00 modificado por decreto 1111/2016 adjunto debajo.

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Icono PDF Decreto 266/2000 Aranceles Consulares129.64 KB

 

 

Fecha de actualización: 22/11/2022